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Día 4 – Licencias y distribución, tipos y diferencias

Escucha aquí desde el minuto 28:40

El tema a tratar esta tarde han sido las diferentes ofertas de contratos que se me pueden presentar para sacar  a la venta un disco.

Todos sabemos ya (o deberíamos) en lo que consiste un contrato discográfico: Una compañía se interesa en tu producto, lo compra – o invierte en la grabación, cosa cada vez menos frecuente – y lo saca a la venta, encargándose de todo lo demás: fabricación, distribución, marketing, promoción, etc.

Pero, ¿con qué otras ofertas me puedo encontrar? Muchos artistas desconocen este tipo de contratos y tienden a firmarlos sin entender que conllevan. Así que vamos a dejarlo claro para que esto no ocurra:

LICENCIA MUSICAL

Se le llama licencia a cuando una discográfica u otra compañía te pide “permiso” para vender o difundir tu material, ya sea sólo en un territorio como mundialmente. En este caso tú o tu discográfica original aún mantendréis el copyright de tu trabajo, pero la discográfica interesada “comprará” sólo la licencia (permiso) para venderla y pondrá dinero en promoción, marketing, fabricación, etc.

Tipos:
– Licencia de reproducción: Es aquella licencia que permite a la compañía la fijación (grabación) de la obra en un medio (soporte) que permita su comunicación y la obtención de copias de toda o parte de ella. Es un acto de fijación, por ejemplo, duplicar un disco para su venta.

– Licencia de comunicación pública: Aquella licencia que permite a la compañía difundir por medio de radio, televisión, conciertos, etc. la obra sin ponerla a la venta.

– Licencia de sincronización: Aquella licencia que permite a la compañía difundir tu obra musical sincronizada con imágenes, ya sea en forma de anuncio, película, serie de televisión, etc.

DISTRIBUCIÓN

A pesar de que un contrato de distribución es también un tipo de licencia (licencia de distribución), en este caso lo vamos a separar de las licencias anteriores. Un contrato de distribución es aquel en el que la compañía sólo distribuye tu disco y lo pone a la venta en las diferentes tiendas. Tú o tu discográfica original seréis los responsables de todos los gastos de promoción, marketing, etc.

Tipos:
– Distribución física: La compañía distribuye tu disco en las diferentes tiendas físicas (en el caso de España: FNAC, Corte Inglés, Mediamarkt, etc) , ya sea en un solo territorio (lo más frecuente) o mundialmente. La distribuidora puede elegir comprar tu producto y distribuirlo (cada vez menos frecuente por las bajas ventas de discos físicos) o no pagar por adelantado y quedarse con un porcentaje del precio de venta al público una vez la copia se ha vendido.

– Distribución digital: Dado el bajo consumo de producto físico, hoy en día la mayoría de artistas independientes y discográficas optan por esta opción. En este caso el distribuidor/los distribuidores -llamados normalmente «agregadores musicales»- sólo distribuye tu música en tiendas online, como por ejemplo iTunes, Amazon, Spotify, etc. En este caso el distribuidor se queda con un porcentaje de la venta de cada canción/disco. El porcentaje puede variar, desde un 25% a un 50% (más o menos).

Una vez se saben estas diferencias el artista es capaz de encontrar el contrato que le conviene más a la hora de poner a la venta su disco.

La próxima semana…

  • Como poner tu música a la venta en internet
  • La evolución de la venta física y digital en los últimos 10 años
  • Pasos necesarios para poner tu música a la venta
 

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